Artículo 44.- Normas de aula.
1. Las normas de aula son aquellas que regulan la convivencia
en cada aula, deben recogerse por los centros docentes y desarrollarse en el
plan de convivencia.
2. Las normas de convivencia específicas de cada aula serán
elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el alumnado
que conviven en el aula, coordinados por la persona que ejerce la tutoría del
grupo. El equipo directivo garantizará su existencia en todos los grupos y
velará porque no vulneren las establecidas con carácter general para todo el
centro.
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